Fallos Enero 2011
Se dicta acusación en causa de Sergio Riveros Villavicencio
El día 04 de enero de 2011, el Ministro de Fuero D. Alejandro Solís Muñoz, de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 2.182-98, episodio "Londres 38" (Sergio Riveros Villavicencio), dictó acusación fiscal en contra de JUAN MANUEL CONTRERAS SEPÚLVEDA, MARCELO MOREN BRITO, MIGUEL KRASSNOFF MARTCHENKO, BASCLAY ZAPATA REYES y NELSON PAZ BUSTAMANTE, por su participación en calidad de autores en el delito de secuestro calificado cometido en perjuicio de SERGIO RIVEROS VILLAVICENCIO. Por lo anterior, la causa se eleva al estado de plenario.
Procesamiento en causa de Claudio Enrique Contreras Hernández
El día 07 de enero de 2011, el Ministro de Fuero D. Alejandro Solís Muñoz, de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 2.182-1998, "Villa Grimaldi" (Contreras Hernández), sometió a proceso a JUAN MANUEL CONTRERAS SEPÚLVEDA, MARCELO LUIS MOREN BRITO, ROLF GONZALO WENDEROTH POZO, GERARDO ERNESTO GODOY GARCÍA y EDUARDO LAURIANI MATURANA, por su participación en calidad de autores del delito de secuestro calificado cometido en la persona de CLAUDIO ENRIQUE CONTRERAS HERNÁNDEZ.
Procesamiento en causa de Carlos Eduardo Guerrero Gutiérrez
El día 7 de enero de 2011, el Ministro de Fuero D. Alejandro Solís Muñoz, de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 2.182-1998, "Villa Grimaldi" (Guerrero Gutiérrez), sometió a proceso a JUAN MANUEL CONTRERAS SEPULVEDA, MARCELO LUIS MOREN BRITO, PEDRO OCTAVIO ESPINOZA BRAVO, ROLF GONZALO WENDEROTH POZO, GERARDO ERNESTO GODOY GARCÍA, FERNANDO EDUARDO LAURIANI MATURANA y DANIEL VALENTÍN CANCINO VARAS por su participación en calidad de autores del delito de secuestro calificado en la persona de CARLOS EDUARDO GUERRERO GUTIÉRREZ, a contar del 31 de diciembre de 1974.
Procesamiento en causa de Ana María Puga Rojas
El día 17 de enero de 2011, el Ministro de Fuero D. Alejandro Solís Muñoz, de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 139-2008 (Homicidio de Ana María Puga Rojas y otro), amplió el auto de procesamiento dictado el 13 de noviembre de 2009, sometiendo a proceso a PEDRO OCTAVIO ESPINOZA BRAVO, en calidad de autor del delito de homicidio calificado cometido en las personas de ANA MARÍA PUGA ROJAS y ALEJANDRO DE LA BARRA VILLARROEL.
Sentencia definitiva de término en causa Rol n° 2.182-1998 episodio "Armando Jiménez"
El día 19 de enero de 2011, la Segunda sala de la Excma. Corte Suprema –presidida por el Ministro D. Nibaldo Segura P. e integrada por los Ministros D. Jaime Rodríguez E., D. Rubén Ballesteros C., D. Hugo Dolmestch U. y D. Carlos Künsemüller L.-, en la causa Rol Ingreso Corte N° 8.311-09 (Rol N° 2.182-1998, episodio "Armando Jiménez"), conociendo de los recursos de casación en la forma y en el fondo en materia penal y, del recurso de casación en el fondo en materia civil, interpuestos contra de la sentencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, de 09 de octubre de 2009, establece que la sentencia recurrida, no ha sido extendida en la forma dispuesta por la ley, por lo que la invalida y, actuando de oficio, procede a anularla, dictando acto seguido y sin nueva vista sentencia de reemplazo. Por esta, y en su parte penal, se confirma la sentencia apelada de 06 de junio de 2008, con declaración que DAVID ADOLFO MIRANDA MONARDES queda condenado a la pena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, más las accesorias legales, y JUAN MANUEL GUILLERMO CONTRERAS SEPÚLVEDA a la pena de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autores de los delitos de homicidio calificado -en carácter de reiterados- cometidos en perjuicio de ARMANDO JIMÉNEZ MACHUCA, SAMUEL NÚÑEZ GONZÁLEZ, GUILLERMO ÁLVAREZ CAÑAS, HÉCTOR ROJO ALFARO, RAÚL BACCIARINI y FIDEL BRAVO ÁLVAREZ. Atendida la extensión de las penas impuestas, no se concede a los sentenciados beneficio alguno de aquellos establecidos en la Ley Nº 18.216, debiendo cumplir las penas efectivamente. En su parte civil, se acoge la excepción de incompetencia absoluta promovida por el Fisco de Chile.
Presentación de 726 querellas
El día 24 de enero de 2011, Da. Beatriz Pedrals García de Cortázar, Fiscal Judicial de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presentó 726 requisiciones ante el Ministro en Visita Extraordinaria D. Mario Carroza Espinosa, por víctimas de violaciones de derechos humanos, ocurridas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, respecto de quienes no se había ejercido ningún tipo de acción judicial previa, que promoviese el respectivo proceso judicial criminal.
Sentencia definitiva absolutoria de segunda instancia en causa de Pedro Daniel Castro Sepúlveda
El día 24 de enero de 2011, la Primera sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Chillán –presidida por el Ministro D. Guillermo Arcos Salinas, e integrada por el Ministro D. Christian Hansen Kaulen y el abogado integrante D. Dictino Niño Morales-, en causa Rol Ingreso Corte N° 15-2010 (Rol Nº 56-2009, instruida por el Ministro en Visita Extraordinaria D. Claudio Arias Córdova), rechazó el recurso de casación en la forma interpuesto en lo principal por el Programa Continuación Ley Nº 19.123 del Ministerio del Interior, en contra de la sentencia absolutoria de primera instancia, dictada el 10 de noviembre de 2009 y complementada por resolución de 12 del mismo mes, por la que se absuelve a Juan Francisco Opazo Guerrero del cargo formulado en su contra como autor del delito de secuestro de Pedro Daniel Castro Sepúlveda. Asimismo, la Iltma. Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Programa en contra de la referida sentencia apelada, confirmándola. Además, la Iltma. Corte de Apelaciones de Chillán rechazó la acción civil deducida en el proceso penal, por haberse dictado sentencia absolutoria.
Procesamiento en causa de Alberto Salazar Aguilera
El día 24 de enero de 2011, el Ministro de Fuero D. Alejandro Solís Muñoz, de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 2.182-98 (Alberto Salazar Aguilera), sometió a proceso a RICARDO ALEJANDRO RIESCO CORNEJO, JUAN DE DIOS REYES BASAUR, MANUEL ATILIO LEIVA VALDIVIESO y VALENTÍN EVARISTO RIQUELME VILLALOBOS, por su participación en calidad de autores en el delito de secuestro calificado, cometido en la persona de Alberto Salazar Aguilera.
Sentencia definitiva de término en causa de Antonio Aninao Morales, Mario Rubén Morales Bañares, José Alejandro Ramos Jaramillo, José Moisés Ramos Huina y Gerardo Alejandro Ramos Huina.
El día 25 de enero de 2011, la Segunda Sala de la Excma. Corte Suprema –presidida por el Ministro D. Jaime Rodríguez E. e integrada por los Ministros D. Rubén Ballesteros C., D. Hugo Dolmesth U., D. Carlos Künsermüller L. y el abogado integrante D. Luis Bates H.-, en la causa Rol Ingreso Corte N° 5.698-09 (Rol N° 113.475, de la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco), conociendo del recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia de la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco, de 23 de julio de 2009, estableció que dicho fallo no ha sido extendido en la forma dispuesta por la ley, por lo que anuló de oficio la sentencia, dictando, acto seguido y sin nueva vista, sentencia de reemplazo. Por esta, se confirmó, en lo apelado, y se aprobó, en lo consultado, la decisión en alzada de 31 de mayo de 2009, con declaración que las penas aplicadas a los convictos JUAN SEGUNDO LLAUPE DEUMACÁN y JUAN JOSÉ CASTILLO, se les reemplazan a cada uno por la pena única temporal de presidio menor en su grado máximo por el término de 5 años, por su responsabilidad de autores de los delitos de secuestros calificados reiterados en las personas de Antonio Aninao Morales, Mario Rubén Morales Bañares, José Alejandro Ramos Jaramillo, José Moisés Ramos Huina y Gerardo Alejandro Ramos Huina. Asimismo, declaró que las sanciones impuestas a los procesados SERGIO JOSÉ BARRERA JARA e ISRAEL ANTONIO RIQUELME TRONCOSO, se les sustituyen a cada uno por la única temporal de presidio menor en su grado máximo por el término de 4 años, por su responsabilidad de autores de los delitos de secuestros calificados reiterados en las personas de José Alejandro Ramos Jaramillo, José Moisés Ramos Huina y Gerardo Alejandro Ramos Huina, recién mencionados. Además, declaró que los castigos inflingidos a los encausados ALFREDO SEGUNDO VERGARA REBOLLEDO y ALBERTO OSSES QUEZADA se les cambian a cada uno por la única temporal de presidio menor en su grado máximo por el término de 3 años y 1 día, por su responsabilidad de autores de los delitos de secuestros calificados reiterados en las personas de Antonio Aninao Morales y Mario Rubén Morales Bañares, ya señalados. Cada uno de los sentenciados ya individualizados sufrirá, además, las penas accesorias legales. Por último, en cuanto a la concesión de beneficios establecidos en la Ley Nº 18.216, la Excma. Corte Suprema resolvió que se muda la remisión condicional de la sanción corporal otorgada al encartado ALFREDO SEGUNDO VERGARA REBOLLEDO, por la libertad vigilada. Además, por reunir los enjuiciados LLAUPE DEUMACÁN, CASTILLO, BARRERA JARA, OSSES QUEZADA y RIQUELME TRONCOSO los requisitos del artículo 15 de la Ley N° 18.216, se les concede la gracia de la libertad vigilada.
Sentencia definitiva de término en causa de Luis Arnaldo Ferrada Sandoval, Juan Walter Gonzalez Delgado, Rosendo Rebolledo Méndez y Ricardo Segundo Ruiz Rodríguez.
El día 27 de enero de 2011, la Segunda Sala en lo penal de la Excma. Corte Suprema –presidida por el Ministro D. Nibaldo Segura P. e integrada por los Ministros D. Jaime Rodruíguez E., D. Rubén Ballesteros C., D. Hugo Dolmestch U. y el abogado integrante D. Alberto Chaigneau-, en la causa Rol Ingreso Corte N° 8.314-2009 (Rol N° 2.182-98, episodio "Chihuio"), conociendo de los recursos de casación interpuestos contra la sentencia dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, de 1º de julio de 2009, resolvió que la sentencia recurrida no ha sido extendida en la forma dispuesta por la ley, por lo que la invalida y actuando de oficio, procede a anularla, dictando, sin nueva vista, sentencia de reemplazo. Por esta, la Excma. Corte Suprema resuelve, en cuanto a la acción penal, que se rechaza el recurso de casación en la forma deducido por la defensa de LUIS ALBERTO OSORIO GARDASANICH, en contra de la sentencia de 30 de noviembre de 2007. Además, confirmó en lo apelado y aprobó en lo consultado la ya referida sentencia, con declaración de que la pena impuesta a LUIS ALBERTO OSORIO GARDASANICH se eleva a 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales y al pago de las costas de la causa, por su responsabilidad en calidad de autor en los delitos de homicidio calificado de CARLOS MAXIMILIANO ACUÑA INOSTROZA, JOSÉ ORLANDO BARRIGA SOTO, JOSÉ ROSAMEL CORTES DÍAZ, RUBÉN NEFTALÍ DURÁN ZÚÑIGA, LUIS ARNALDO FERRADA SANDOVAL, ELIECER SIGISFREDO FREIRE CAAMAÑO, NARCISO SEGUNDO GARCÍA CANCINO, JUAN WALTER GONZÁLEZ DELGADO, DANIEL MÉNDEZ MÉNDEZ, SEBASTIÁN MORA OSSES, PEDRO SEGUNDO PEDREROS FERRERIA, ROSENDO REBOLLEDO MÉNDEZ, RICARDO SEGUNDO RUIZ RODRIGUEZ, CARLOS VICENTE SALINAS FLORES, MANUEL JESÚS SEPÚLVEDA REBOLLEDO, RUBÉN VARGAS QUEZADA y FERNANDO ADRIAN MORA GUTIERREZ. Asimismo, declaró que se mantiene la condena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias legales pertinentes y al pago de costas del juicio, impuesta al acusado LUIS EDUARDO OSSES CHAVARRIA, en calidad de cómplice en los delitos de homicidio calificado en las personas de LUIS ARNALDO FERRADA SANDOVAL, JUAN WALTER GONZÁLEZ DELGADO, ROSENDO REBOLLEDO MENDEZ y RICARDO SEGUNDO RUIZ RODRÍGUEZ. Finalmente, la Excma. Corte Suprema confirmó la absolución de BRUNO ESTEBAN OBANDO CÁRDENAS de la acusación de ser cómplice del delito de secuestro calificado en la persona de LUIS ARNALDO FERRADA SANDOVAL. Dado el quantum de la sanción impuesta, al condenado OSORIO GARDASANICH no se le otorga ninguno de los beneficios que establece la Ley N° 18.216; y, en relación al condenado OSSES CHAVARRÍA se mantiene la medida alternativa de libertad vigilada. En su parte civil, la sentencia acoge la excepción de incompetencia del tribunal, opuesta por el Fisco de Chile.